Cuando unos progenitores se separan y dejan de convivir, existe una serie de condiciones que en la práctica obstaculizan las relaciones afectivas entre estos y sus hijos.

Recordamos que el Artículo 14 de la Constitución dice que:

“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”

La igualdad de género es muy positiva en una sociedad libre y moderna, por ello se debería ampliar a todos los ámbitos, incluido el familiar, ya que estos pequeños ajustes deben ser los más convenientes para esta unidad y permiten la máxima estabilidad de los hijos para que mantengan sólidos vínculos afectivos paterno-filiales.