Pueden acogerse a la moratoria de pagos de prestamos hipotecarios, los deudores que se encuentre en los supuestos de vulnerabilidad económica establecidos en el artículo 9 RD-ley 8/2020 y que estén vigentes a 18 de marzo de 2020.
IMPORTANTE Plazo: Se puede solicitar del acreedor desde el 19-3-2020, hasta 15 días después del fin de la vigencia del RD-ley 8/2020.
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